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Apostilla

 

Apostilla de documentos públicos mexicanos y extranjeros

 
La apostilla en documentos es un trámite que NO REALIZA LA SECCION CONSULAR. Sin embargo, por ser un trámite común se proporciona la siguiente información.
 
Con la Convención de La Haya por la que se Suprime el Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, adoptada en La Haya, Países Bajos, el 5 de octubre de 1961,  mejor conocida como Convención de la Apostilla, los Estados contratantes eximen de legalización a los documentos públicos que deban ser presentados en sus territorios, exigiendo como única formalidad la fijación de la apostilla. Para mayor información consultar la página: http://www.hcch.net
 
A partir del 14 de agosto de 1995, México es parte de dicha Convención.  Tanto México como Países Bajos son miembros de la Convención de la Apostilla.
 
Este trámite consiste en certificar que la firma y el sello de un documento público fueron puestos por una autoridad en uso de sus facultades.  Los documentos públicos extranjeros que deban surtir efectos en México y provengan de Países Bajos deberán ostentar la Apostilla expedida por la autoridad apostillante neerlandesa.
 
La apostilla, al igual que la autenticación (legalización), únicamente certifica que la firma o sello que muestra el documento fue emitido por un funcionario público en ejercicio de sus funciones, pero no certifica la validez del contenido del mismo. 
 
Si usted desea conocer cuál es la autoridad apostillante en Países Bajos, se sugiere consultar la página:
 
  
o bien dirigirse a la oficina municipal correspondiente a su domicilio (Gemeente) para solicitar información.
 
En el caso de los documentos públicos mexicanos que deban surtir efectos en Países Bajos, deberán apostillarse en la oficina que corresponda atendiendo a los siguientes criterios: 
 
1. Para documentos públicos expedidos por autoridades federales:
·         En el Distrito Federal, por la Dirección General de Gobierno de la Secretaría de Gobernación.
·         En los Estados de la República Mexicana, por las representaciones estatales de la Dirección General de Gobierno de la Secretaría de Gobernación.
 
2. Para documentos expedidos por el gobierno de la Ciudad de México, Distrito Federal, por la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos del Departamento del Distrito Federal.
 
3. Para documentos expedidos por los gobiernos estatales, por la Secretaría o Dirección General de Gobierno del Estado correspondiente.
La Página web de la Dirección de Coordinación Política de los Poderes de la Unión dependiente de la Secretaría de Gobernación que responsable de realizar las apostillas en México es: http://dicoppu.gobernacion.gob.mx
 

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